A partir de este lunes, restricciones para el tránsito de buses intermunicipales
Para prevenir la propagación del Covid-19 y evitar aglomeraciones.
Atendiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, la Alcaldía de Barranquilla y la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, a través del Decreto 0413 del 6 abril de 2020, implementaron, como medida para mitigar y prevenir la propagación del Covid-19 y evitar aglomeraciones, la restricción de la circulación en algunas vías de El Centro, El Boliche y Barranquillita para vehículos particulares, de transporte público individual (tipo taxi) y transporte público terrestre por carretera (intermunicipal).
La medida, que empezará a regir a partir de este lunes 13 de abril, aplicará en puntos de ascenso y descenso de pasajeros de buses intermunicipales, de la siguiente forma:
Puerto Colombia Carrera 46 - Recorrido
Carrera 46 -calle 91 - carrera 49C - calle 87 - carrera 51B - calle 75 – carrera 54 - Estadio de Béisbol Édgar Rentería – carrera 54 - carrera 53 - calle 100 - carrera 46 - salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Estadio de Béisbol Édgar Rentería.
Puerto Colombia Carrera 51B - Recorrido
Carrera 51B – calle 75 – carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – carrera 54 - carrera 53 - calle 100 - carrera 51B - salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Estadio de Béisbol Édgar Rentería.

Avenida Cordialidad - Recorrido
Avenida Cordialidad (Calle 42) – Avenida Cordialidad (Carrera 26 A) – Avenida Cordialidad (calle 39) – Avenida Cordialidad (carrera 30) – Avenida Cordialidad (calle 38) – carrera 32 – calle 37 – carrera 30 – Avenida Cordialidad (calle 30) - Avenida Cordialidad – salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Parque Almendra.

Calle 30 - Recorrido
Calle 30 – carrera 33 – calle 34 – carrera 32- calle 30 - salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Carrera 33 entre calles 34 y 33.

Juan De Acosta, Tubará, Piojó y carrera 38 - Recorrido
Carrera 38 – calle 47 – carrera 35 – calle 50 - carrera 38 - salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Cementerio Universal.

Calle 17 (Palermo) - Recorrido
Calle 17 – carrera 30 – retorno en calle 14 – carrera 30– calle 17 - salida de la ciudad.
- Descenso y ascenso de pasajeros: Carrera 30 entre calles 17 y 14.

La nueva medida fue socializada con las empresas de transporte público terrestre por carretera (intermunicipal) y la ciudadanía en general.
La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial notificó que las medidas adoptadas se mantendrán vigentes hasta que el Gobierno Nacional, a través de acto administrativo, decrete la terminación de la emergencia sanitaria en el país.
Igualmente advirtió que el conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14: Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($438.900). Además, el vehículo será inmovilizado.